La ministra Lenia Batres Guadarrama de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuestionó el amparo otorgado a seis empresas privadas contra la Ley de la Industria Eléctrica (LIE). Este amparo, concedido con el voto de solo dos de los cinco ministros, no establece un precedente obligatorio y, según Batres, no es un método adecuado para abordar temas de relevancia nacional. El amparo, discutido en relación con los casos 164/2023 y 106/2023, fue calificado por Batres como un “albazo” para declarar inconstitucionales disposiciones de la LIE.
Durante la sesión, se declararon inconstitucionales disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, algunas de las cuales ya habían sido previamente consideradas constitucionales por el Pleno de la Corte. La votación se produjo con un empate 2 a 2 en la Sala, resuelto con un voto de calidad, infringiendo la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (LOPJF), según la ministra Batres. El amparo, solicitado por empresas como La Bufa Wind, Compañía de Energía Mexicana y otras, fue respaldado por los ministros Luis María Aguilar y Alberto Pérez Dayán.
La reforma que dio origen a la Ley de la Industria Eléctrica se promulgó el 11 de mayo de 2022 y entró en vigor al día siguiente. La ministra Batres destacó que durante la sesión no se atendió la recusación presentada por la Secretaría de Energía, lo que, a su juicio, viola el artículo 60 de la Ley de Amparo. El voto de calidad utilizado para aprobar el amparo planteado por las empresas ha generado controversia en el marco jurídico.
Vía @gobernartemx


