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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la sanción impuesta a Xóchitl Gálvez, precandidata de la oposición, por infringir el interés superior de la niñez al difundir spots políticos con menores de edad. Durante la última sesión pública del año, la Sala Superior confirmó la resolución de la Sala Especializada del TEPJF, que había sancionado a Gálvez por la publicación de propaganda en la que aparece con menores, conforme a lo establecido en la ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y en los Lineamientos para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en Materia de Propaganda.

A pesar de los alegatos de Xóchitl Gálvez y un ciudadano, los magistrados consideraron infundados los conceptos de agravio, respaldando la determinación inicial. Los proyectos de la magistrada Janine Otálora Malassis y los magistrados Reyes Rodríguez y Felipe Fuentes coincidieron en que las publicaciones en cuestión vulneraron el interés superior de la niñez.

Adicionalmente, la Sala Superior revocó la sanción que clasificaba a Xóchitl Gálvez como servidora pública, cuando era senadora, no aspirante presidencial. En consecuencia, se ordenó a la Sala Especializada reconsiderar la calidad con la que puede calificarse la responsabilidad de la precandidata. También se solicitó que se evaluara la posible responsabilidad indirecta de los partidos PRI, PAN y PRD por no deslindarse y permitir la difusión del contenido denunciado.

 

Vía @gobernartemx

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