La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha anulado una porción normativa de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Durango, argumentando que no cumple con el principio de paridad de género en el nombramiento de funcionarios electorales. Durante la sesión del 16 de noviembre, se debatió sobre la obligación de las legislaturas estatales de establecer un régimen de alternancia de género en las gubernaturas.
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo sostuvo que el “deber de asegurar la paridad de género en las leyes electorales debe extenderse a los institutos y tribunales electorales estatales, así como a cualquier órgano autónomo”. No obstante, la falta de consenso entre los ministros fue evidente, ya que algunos argumentaron que “no es obligatorio para las entidades federativas instituir un régimen de alternancia de género en las gubernaturas”. A pesar de las divergencias, la ministra Yasmín Esquivel Mossa subrayó la importancia de fomentar la participación política de las mujeres para fortalecer la democracia y aumentar su visibilidad en la sociedad.
Vía @gobernartemx


